Impuesto de transmisiones patrimoniales Andalucia: todas las claves (2025)

El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) es uno de los aspectos más importantes a tener en cuenta al realizar diferentes operaciones como la compra de una vivienda de segunda mano, la adquisición de un vehículo usado o la formalización de ciertos documentos notariales en Andalucía. 

En P&D Consultores hemos redactado este blog, en el que desglosaremos todo lo que necesitas saber sobre el ITP en Andalucía: qué es, cómo funciona, cuánto se paga y qué exenciones y bonificaciones están disponibles en 2025.

¿Qué es el ITP y cuándo se aplica?

El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) grava las transmisiones onerosas de bienes y derechos, operaciones societarias y actos jurídicos documentados. En Andalucía, este impuesto está regulado por la Ley 5/2021 de Tributos Cedidos y se aplica en tres modalidades principales:

1. Transmisiones Patrimoniales Onerosas (TPO):

    • Compraventas de inmuebles de segunda mano.
    • Constitución de derechos reales (como hipotecas o usufructos).
    • Arrendamientos de bienes y cesiones de derechos.

2. Operaciones Societarias (OS):

    • Constitución, ampliación o reducción de capital en empresas.
    • Disoluciones societarias.

3. Actos Jurídicos Documentados (AJD):

    • Formalización de escrituras notariales, actas y ciertos documentos mercantiles.

¿Quién debe pagar el ITP en Andalucía?

El sujeto pasivo, es decir, la persona que debe pagar este impuesto, varía según la operación realizada:

    • En transmisiones patrimoniales onerosas, el comprador es quien debe abonar el impuesto.
    • En operaciones societarias, recae sobre la sociedad que realiza el acto.
    • En actos jurídicos documentados, corresponde al solicitante del documento público.

Cuánto se paga de ITP en Andalucía: Tipos Generales y Reducidos

Desde hace unos de años, el tipo general del ITP en Andalucía para la compraventa de bienes inmuebles es del 7%, lo que posiciona a la comunidad como una de las más competitivas fiscalmente en España. 

Sin embargo, existen tipos reducidos para colectivos y circunstancias específicas:

 

  • 6%: Vivienda habitual con valor no superior a 150.000 €.
  • 3,5%:
    • Menores de 35 años, víctimas de violencia de género o terrorismo, y quienes adquieran inmuebles en municipios con despoblación, siempre que el valor no supere los 150.000 €.
  • Personas con discapacidad o miembros de familias numerosas, para viviendas usuales valoradas hasta 250.000 €.
  • 2%: Viviendas adquiridas para reventa por empresas o profesionales inmobiliarios, siempre que se transmitan en un periodo de 5 años.

Exenciones y bonificaciones en el ITP en Andalucía

En Andalucía, se han establecido varias exenciones y bonificaciones para aliviar la carga fiscal en determinadas situaciones:

    • Arrendamientos de vivienda habitual: Están exentos del pago del ITP según la Ley de Arrendamientos Urbanos.
    • Vehículos usados: Empresarios dedicados a la compraventa de vehículos están exentos al adquirirlos para su actividad comercial.
    • Familias numerosas, jóvenes y personas con discapacidad: Como se ha mencionado, estos colectivos disfrutan de tipos reducidos que pueden disminuir significativamente el impuesto.
    • Corrección de errores: Si se realiza una transacción para corregir errores en una operación anterior, no se deberá pagar el impuesto nuevamente.

Cómo pagar el ITP en Andalucía

El pago del ITP puede realizarse de dos formas principales:

1. Presentación presencial:

2. Presentación telemática:

    • A través de la Oficina Virtual de la Agencia Tributaria de Andalucía.
    • Permite realizar el pago con tarjeta de crédito o débito, mediante cargo en cuenta o aportando un Número de Referencia Completo (NRC).

El plazo general para la autoliquidación del impuesto es de dos meses desde la fecha del acto sujeto al ITP, como la firma de la escritura de compraventa.

Conclusión: ¿Por qué es importante conocer el ITP en Andalucía?

El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en Andalucía es un factor clave en cualquier operación de compraventa, especialmente en el mercado de segunda mano. 

Conocer los tipos impositivos, exenciones y bonificaciones puede ayudarte a planificar mejor tu inversión y optimizar los costes asociados a la adquisición de bienes inmuebles.

Si tienes dudas sobre cómo gestionar el ITP o necesitas asesoramiento fiscal personalizado, nuestro equipo de expertos en tributación y normativa fiscal andaluza está aquí para ayudarte. 

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Preguntas frecuentes 

¿Quién está obligado a pagar el ITP?

El sujeto pasivo es quien adquiere el bien o derecho:

    • En una compraventa de vivienda, el comprador.
    • En operaciones societarias, la sociedad que realiza el acto.
    • En actos jurídicos documentados, el solicitante del documento público.
¿Qué exenciones existen en el ITP en Andalucía?

Algunas de las principales exenciones incluyen:

    • Arrendamientos destinados a vivienda habitual.
    • Vehículos de ocasión adquiridos por empresarios dedicados a su reventa.
    • Subsanación de errores en operaciones previas ya sujetas al impuesto.
    • Aportaciones de socios a sociedades en determinados casos.
¿Cuándo se debe pagar el ITP?

El plazo para la autoliquidación y el pago del ITP en Andalucía es de dos meses desde el día siguiente al acto que genera el impuesto, como la firma de una escritura de compraventa.

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